Las distintas discusiones acerca de la kénosis están basadas en la interpretación de Filipenses 2:7, “(Él) se despojó [ griego ekenosen ] a sí mismo”. La pregunta que muchos se formulan es: ¿De qué se despojó Cristo? Los teólogos liberales han sugerido que Cristo se despojó de su deidad, pero si observamos su vida y ministerio, vemos que Jesús utilizó su deidad en distintas ocasiones. Dos puntos importantes son resaltados aquí: Primero, “Cristo se despojó meramente del ejercicio independiente de algunos de sus atributos transitivos o relativos. Él no dejó de lado los atributos absolutos ni inmanentes en ningún sentido; siempre fue perfectamente santo, justo, misericordioso, veraz y fiel”. Esta declaración tiene mérito y provee una solución a pasajes problemáticos tales como Mateo 24:36. La palabra clave en esta definición es “independiente”, ya que Jesús en muchas ocasiones revela Sus atributos relativos. Y segundo, Cristo tomó para sí mismo una naturaleza adicional. El contexto de Filipenses 2:7 proporciona la mejor solución al problema de la kénosis. El despojarse no consistió en una sustracción, sino en una adición. Las siguientes cuatro frases (Fil. 2.7–8) explican el despojo: “(1) tomando la forma de siervo, (2) se hizo semejante a los hombres; y (3) estando en la condición de hombre, (4) se humilló a sí mismo, haciéndose obediente hasta la muerte”. El “despojo” de Cristo tomó una naturaleza adicional, una naturaleza humana con sus limitaciones; sin embargo, su deidad nunca fue dejada a un lado.
jueves, 23 de febrero de 2012
LA KÉNOSIS (auto-despojo) DE CRISTO: ¿De qué se auto-despojo Cristo?
Las distintas discusiones acerca de la kénosis están basadas en la interpretación de Filipenses 2:7, “(Él) se despojó [ griego ekenosen ] a sí mismo”. La pregunta que muchos se formulan es: ¿De qué se despojó Cristo? Los teólogos liberales han sugerido que Cristo se despojó de su deidad, pero si observamos su vida y ministerio, vemos que Jesús utilizó su deidad en distintas ocasiones. Dos puntos importantes son resaltados aquí: Primero, “Cristo se despojó meramente del ejercicio independiente de algunos de sus atributos transitivos o relativos. Él no dejó de lado los atributos absolutos ni inmanentes en ningún sentido; siempre fue perfectamente santo, justo, misericordioso, veraz y fiel”. Esta declaración tiene mérito y provee una solución a pasajes problemáticos tales como Mateo 24:36. La palabra clave en esta definición es “independiente”, ya que Jesús en muchas ocasiones revela Sus atributos relativos. Y segundo, Cristo tomó para sí mismo una naturaleza adicional. El contexto de Filipenses 2:7 proporciona la mejor solución al problema de la kénosis. El despojarse no consistió en una sustracción, sino en una adición. Las siguientes cuatro frases (Fil. 2.7–8) explican el despojo: “(1) tomando la forma de siervo, (2) se hizo semejante a los hombres; y (3) estando en la condición de hombre, (4) se humilló a sí mismo, haciéndose obediente hasta la muerte”. El “despojo” de Cristo tomó una naturaleza adicional, una naturaleza humana con sus limitaciones; sin embargo, su deidad nunca fue dejada a un lado.
jueves, 9 de febrero de 2012
LA MUJER EN EL MINISTERIO CRISTIANO

Sin embargo, esta orden a la mujer de sumisión en el hogar, no debe ser interpretada como que a ellas no se les permite ministrar sus dones bajo la dirección del Espíritu. Ciertamente, es el Espíritu Santo quien asigna los dones según Su voluntad para la edificación de la Iglesia (1 Corintios 12:1-27; Efesios 4:1-16). Los dones no son otorgados a los creyentes sobre el criterio del género; es decir, no hay indicios en las Escrituras de que algunos dones son solamente para los varones y otros reservados para las mujeres. Al contrario, Pablo afirma que Cristo proveyó dones como un directo resultado de su propia victoria personal sobre el diablo y sus esbirros (comp. Efesios 4:6 en adelante). Esa fue su decisión personal, darlos por su Espíritu a quienquiera que Él lo desee (comp. 1 Corintios 12:1-11). En los asuntos del ministerio de las mujeres, nosotros los cristianos debemos afirmar el derecho del Espíritu Santo de ser creativo con todos los creyentes para el bienestar de todos y la expansión de Su Reino, según le parezca a Él, y no necesariamente como lo determinemos nosotros (Romanos 12:4-8; 1 Pedro 4:10-11).
Además, un cuidadoso estudio de la totalidad de las Escrituras, indica que el mandato de Dios para el hogar de ninguna manera debilita Su intención para que el hombre y la mujer sirvan juntos a Cristo como discípulos y obreros, bajo la dirección de Cristo. La clara enseñanza del Nuevo Testamento tocante a Cristo como cabeza del hombre, y el hombre de la mujer (véase 1 Corintios 11:4) muestra el aprecio de Dios de una representación espiritual piadosa dentro del hogar. La aparente prohibición a la mujer de tener posición de enseñanza/dominio parece ser una amonestación para proteger las líneas designadas por Dios de responsabilidad y autoridad dentro del hogar. Por ejemplo, el particular término griego en el muy debatido pasaje de 1 Timoteo 2:12, andrós, que con frecuencia ha sido traducido “hombre,” también puede ser traducido “esposo”. Con tal traducción, entonces podríamos decir que una esposa no debe tener dominio sobre su esposo.
La doctrina acerca de una mujer que al escoger casarse voluntariamente se predispone a

Ciertamente, la cuestión de ser la cabeza es interpretada a la luz de Cristo como cabeza sobre la Iglesia y significa la clase de jefatura piadosa que debe ser exhibida, en el sentido de un incansable cuidado, servicio y protección requeridos de un liderazgo piadoso.
Por supuesto, la amonestación a una esposa de someterse a un esposo de ninguna manera impediría que las mujeres participaran en un ministerio de enseñanza (por Ej., Tito 2:4), sino más bien, en el caso particular de las mujeres casadas, significa que sus propios ministerios estarían bajo la protección y dirección de sus respectivos esposos (Hechos 18:26). Esto confirmaría que el ministerio en la Iglesia de una mujer casada sería el de servir bajo la protectora vigilancia de su esposo, no debido a ninguna noción de capacidad inferior o espiritualidad defectuosa, sino para, como un comentarista lo ha dicho, “evitar confusión y mantener el orden correcto” (comp. 1 Corintios 14:40).
Tanto en Corinto como en Éfeso parece que la restricción de Pablo acerca de la participación de las mujeres fue causada por sucesos ocasionales, asuntos que se desarrollaron particularmente de esos contextos, y por lo tanto, se supone que deben ser entendidos bajo esa luz. Por ejemplo, el caso de los muy debatidos textos sobre el “silencio” de la m

Aún más, debemos tener cuidado en distinguir la persona de la mujer per se (es decir, su naturaleza de mujer) y su función de subordinada en la relación matrimonial. A pesar de la clara descripción de la función de la mujer como coheredera de la gracia de la vida en la relación matrimonial (1 Pedro 3:7), también es claro que el Reino de Dios ha traído un dramático cambio sobre cómo las mujeres deben ser vistas, entendidas y aceptadas en la comunidad del reino. Es obvio que ahora en Cristo no hay diferencia entre el rico y el pobre, judíos y gentiles, bárbaros y escitas, siervos y libres, como tampoco entre hombres y mujeres (comp. Gálatas 3:28; Colosenses 3:11). A las mujeres se les permitió ser discípulas de Jesús y tuvieron prominentes papeles en la iglesia del NT, incluso, algunas llegaron a ser colaboradoras de los apóstoles en el ministerio (por Ej., Evodia y Síntique en Filipenses 4:1 en adelante).
Con respecto al asunto de la autoridad pastoral, parece ser que el entendimiento de Pablo acerca de la función de equipar (de lo cual la función de pastor-maestro es uno de ellos, según Efesios 4:9-15) nada tiene que ver con el género (hombre o mujer). En otras palabras, parte del fundamento decisivo sobre la operación de los dones y el estado y función del oficio ministerial, son los textos del Nuevo Testamento que tratan sobre los dones (1 Corintios 12:1-27; Romanos 12:4-8; 1 Pedro 4:10-11 y Efesios 4:9-15). No hay indicación en ninguno de estos textos formativos de que los dones sean otorgados y ejercidos de acuerdo al género. Entonces, para que el argumento pruebe que las mujeres nunca deberían tener funciones de naturaleza pastoral o de equipar, el argumento más simple y efectivo sería mostrar que el Espíritu Santo simplemente nunca habría considerado dar a las mujeres un don que no fuera adecuado para el tipo de llamamiento que cada una recibiera. Las mujeres tendrían prohibido servir en el liderazgo porque el Espíritu Santo nunca le otorgaría a una mujer un llamado y los dones requeridos, por el simple hecho de ser una mujer. Algunos dones estarían reservados para los hombres, y las mujeres nunca recibirían esos dones.
Sin embargo, una cuidadosa lectura de esos y otros textos relacionados, no muestran tal pr

Ya que creemos que todo cristiano llamado por Dios, dotado y dirigido por el Espíritu Santo debe cumplir su función en el cuerpo, conviene apoyar la función de las mujeres de dirigir e instruir bajo autoridad piadosa, la cual debería ser una autoridad que se someta al Espíritu Santo y a la Palabra de Dios, y que sea aprobada por el liderazgo de la iglesia. Debemos esperar que el Señor les dé a las mujeres una porción sobrenatural de la gracia de Dios para llevar a cabo Sus órdenes a favor de Su Iglesia y Su reino. Puesto que tanto los hombres como las mujeres reflejan la imagen de Dios, y que los dos son herederos de la gracia de Dios (comp. Génesis 1:27; 5:2; Mateo 19:4; Gálatas 3:28; 1 Pedro 3:7), se les da el alto privilegio de representar a Cristo juntos -hombre y mujer- como su embajador (2 Corintios 5:20), y por medio de su asociación ministerial completar nuestra obediencia a la Gran Comisión de Cristo de hacer discípulos a todas las naciones (Mateo 28:18-20).
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